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Viernes, 16 de octubre de 2026
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España: asociación impugna suspensión del voto de 163.000 nacionalizados por ley de nietos

InternacionalPor Perú Informado1 vistas

Una asociación de descendientes de españoles recurre ante el Tribunal Supremo la suspensión cautelar del voto de 163.020 nacionalizados residentes en el exterior. La controversia afecta las elecciones del 29 de noviembre y preocupa en Latinoamérica.

España: asociación impugna suspensión del voto de 163.000 nacionalizados por ley de nietos

Una asociación de descendientes de españoles radicada en Argentina ha acudido al Tribunal Supremo para cuestionar la suspensión cautelar del voto de más de 163.000 ciudadanos españoles nacionalizados al amparo de la llamada ley de nietos y residentes en el extranjero. El caso adquiere especial relevancia antes de las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026, y también interesa a las comunidades con nacionalidad española en América Latina, incluido Perú.

La asociación lleva la controversia al Supremo

El Centro de Descendientes de Españoles Unidos (Cedeu) se personó el 15 de octubre en el procedimiento judicial sobre las inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA). La organización denuncia que la medida discrimina a los españoles que adquirieron su nacionalidad por esta vía y viven fuera de España, en comparación con los que residen dentro del país.

Su abogado, Eduardo Ranz, también ha cuestionado las diferencias de tratamiento respecto de otros colectivos que accedieron a la nacionalidad española mediante mecanismos especiales. La asociación ha solicitado la intervención del Defensor del Pueblo.

¿Cuál es el origen de la suspensión?

La controversia gira en torno a una instrucción administrativa de aplicación de la Ley 20/2022 de Memoria Democrática. Esa instrucción presume la condición de exiliados de quienes abandonaron España entre julio de 1936 y diciembre de 1955. El Tribunal Supremo cuestiona la legalidad de esa presunción general y pide distinguir entre quienes se acogieron a ella y quienes acreditaron individualmente las circunstancias del exilio.

Se trata de una medida cautelar, no de una sentencia definitiva sobre la validez de las nacionalizaciones. El tribunal argumenta que busca garantizar la fiabilidad del censo electoral y la limpieza del proceso democrático. Los afectados, por su parte, consideran que impedir el voto a ciudadanos con nacionalidad reconocida supone una restricción desproporcionada de un derecho fundamental.

La Junta Electoral ordena enviar las papeletas

Un nuevo pronunciamiento de la Junta Electoral Central, conocido el 15 de octubre, ordena enviar documentación electoral a los aproximadamente 2,7 millones de ciudadanos inscritos en el censo exterior, incluidos los 163.020 afectados por la controversia.

Sin embargo, recibir documentación para votar no garantiza que el voto sea finalmente computado. La validez de los sufragios afectados seguirá condicionada a las decisiones judiciales que se adopten.

¿Cómo repercute en los ciudadanos españoles que viven en Perú?

La situación puede afectar a personas con nacionalidad española obtenida por ascendencia que residen en Perú, pero no implica que todos los beneficiarios de la ley de nietos estén excluidos del voto. El alcance de la medida depende de la modalidad de adquisición de la nacionalidad, del lugar de residencia y de la situación registral y censal de cada ciudadano.

La medida no supone la pérdida automática de la nacionalidad española. Quienes crean encontrarse entre los afectados deberían verificar su inscripción electoral, consultar las comunicaciones de los consulados españoles y revisar las vías y plazos oficiales para formular alegaciones.

Una resolución decisiva antes de las elecciones

Algunas personas afectadas ya habían participado en elecciones anteriores, por lo que la suspensión abre interrogantes sobre la seguridad jurídica y la igualdad política. Cedeu y otros reclamantes piden reconsiderar una restricción que consideran indiscriminada, mientras el Supremo defiende la necesidad de depurar las dudas sobre el censo.

La discusión continúa abierta. A fecha 15 de octubre de 2026, no es correcto afirmar que los 163.020 votos serán necesariamente descartados ni que serán admitidos sin condiciones: su situación dependerá de las próximas decisiones de la justicia española.

Fuentes: El País, 15 de octubre de 2026; información sobre el Tribunal Supremo y la Junta Electoral Central.

Fuentes

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